«¡Me he comprado una casa!», qué bien suena esta frase, ¿verdad? Aunque es una ilusión muy grande, también genera ciertos miedos. Además, al ser una compraventa, también hay que prestar atención y asegurarse de que por la otra parte, todo está en orden y saber que no tiene cargas de una vivienda.
¿Qué son las cargas registrales?
Bien es sabido que comprar un inmueble requiere un gran esfuerzo y, muchas veces, no se es consciente de cuánto ahorrar para comprar una casa. Este es un punto al que hay que prestar atención e ir con cuidado ya que, al comprar un inmueble, se puede vender con cargas en la mayoría de casos, unas son más graves o más complicados.
En todo caso, la decisión debe ser del comprador y para ello, debe estar informado siempre desde el primer momento. Si se conocen cargas de una vivienda, no queda bien informar cuando ya están las cosas avanzadas y que se lleve la sorpresa. Eso puede dejar en mal lugar al agente del comprador y, por tanto, al agente del vendedor.
Por ello, es obligación conocer y transmitir el alcance de las cargas en inmuebles y su vía de solución, e informar también si no tienen solución posible. Conoce los diferentes tipos de cargas de una vivienda que puedes encontrarte al comprar una propiedad.
Cargas registrales
Hipotecas
Especial atención si el importe de hipoteca pendiente es superior al precio de mercado. Si deseas comprar un inmueble y éste tiene una hipoteca, puedes:
- Exigirle al vendedor que la cancele antes de la compra.
- Descontar del precio de la venta el valor de la hipoteca y cancelar la hipoteca usted mismo.
- Subrogarse en la hipoteca previo acuerdo y consentimiento de la entidad bancaria.
Nota marginal de ejecución hipotecaria
Estos son asientos secundarios por parte del Registrador de la Propiedad, haciendo referencia a una obligación de pago por parte del dueño del inmueble, donde de no acatar las responsabilidades voluntariamente, las penalidades pueden llegar a ser el propio inmueble. Estas pueden ser:
- Afección fiscal. Es bastante común y normalmente están vencidas, porque efectivamente el impuesto se abonó.
- Ejecución hipotecaria
- Reintegro de subvenciones
- Gastos de urbanización. Se anotan cuando se realiza una urbanización, se puede pedir un certificado. Se puede tener en cuenta que la urbanización está efectivamente entregada y ha transcurrido el tiempo suficiente y las costas de urbanización están abonadas.
Usufructos
Puede existir un usufructuario distinto de los propietarios. Éste deberá firmar también cualquier contrato de venta, así como el encargo de venta. En caso que sólo se venda la nuda propiedad habría que especificarlo.
Servidumbres
Servidumbre de paso y luces son las más comunes. Puede ser que estén extintas, pero lo suyo es vender el inmueble sin las cargas o informar de su existencia para que el comprador pueda decidir si las acepta.
Anotación de embargo
Los más comunes son de la seguridad social, hacienda, pero hay otros por cualquier tipo de deuda como a la comunidad de propietarios. Muchos de ellos se pueden saldar y sólo se necesita un certificado de saldo de la deuda e impreso para abonar la deuda.
Concurso de acreedores
La propiedad puede estar incluida en un concurso de acreedores. Solución: El juez debe autorizar su venta, esto suele llevar más tiempo y existe la posibilidad que esa autorización no llegue. Por
tanto, se debe anotar en los documentos de arras y oferta y el asesor del comprador lo debe conocerde inicio.
Cargas propias de la finca
Cargas con la comunidad
Si existen deudas se debe informar o tener claro su importe para cancelarlo en caso de venta. Suele aportarse certificado a la firma de notaría y el comprador retener el importe para cancelarlo en nombre del vendedor.
Cargas municipales
Cargas con el Impuesto de Bienes Inmuebles IBI o basuras
Si existen deudas se debe informar o tener claro su importe para cancelarlo en caso de venta. Suele aportarse certificado a la firma de notaría y el comprador retener el importe para cancelarlo en nombre del vendedor.
Cargas con empresas de suministros
Cargas con luz, agua o gas…
Si existen deudas se debe informar o tener claro su importe para cancelarlo en caso de venta. Suele aportarse certificado a la firma de notaría y el comprador retener el importe para cancelarlo en nombre del vendedor.
Pero, además, también debes saber que existen las limitaciones urbanísticas, una carga con que se grava una finca en el Registro de la Propiedad, con la finalidad de garantizar que el promotor que va a construir en ella, realice de conformidad con la licencia de construcción, todas las obras de urbanización. Por tanto, no está de más informarse de si la vivienda cuenta con fachadas protegida, si es obra nueva construida en suelo rústico, etc.
Ahora ya sabes más acerca de la comprar de una vivienda pero, si necesitas ayuda y agilizar los trámites, consúltanos y confía en nuestros profesionales.