Si estás pensando en alquilar una vivienda, estarás al tanto de la situación. Los precios de los arrendamientos han aumentado y los inmuebles en esta condición tampoco son abundantes. Si a pesar de eso, te animaste y alquilaste una casa o piso, hoy te traemos una buena noticia: ¡Se lanza la inscripción a las ayudas para el alquiler de la Generalitat! Hoy en Palanca Fontestad vamos a hablarte de todo lo que necesitas saber sobre esta convocatoria.
Ayudas para el alquiler de la Generalitat
¿A quién se dirigen?
En esta convocatoria de las ayudas para el alquiler de la Generalitat hay dos modalidades. La convencional y las ayudas para jóvenes. Principalmente, el público de estas ayudas serán personas de más de 65 años, de menos de 35 años y mujeres víctimas de violencia de género. Pero lo cierto es que cualquier persona con un contrato de alquiler vigente podrán solicitarlas hasta el 8 de marzo.
Ayudas al alquiler
Si tienes más de 35 años, esta es tu convocatoria. Deberás cumplir unos mínimos para poder presentar la solicitud. El primero de ellos es contar con un contrato de alquiler en vigor en el momento de la solicitud y que esa vivienda sea tu residencia permanente. Es decir, los inmuebles de verano no servirían en este caso.
También se tendrá en cuenta tu sueldo. En concreto, los ingresos deberán ser inferiores al menos tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples. Si crees que cumples estos requisitos, recuerda que puedes presentar tu candidatura hasta el 8 de marzo inclusive.
En esta convocatoria tendrán prioridad los siguientes grupos:
- Afectados por desahucios, dación en pago o ejecución hipotecaria en los últimos 10 años
- Familias monoparentales o numerosas
- Víctimas de terrorismo
- Personas con trastorno mental severo
- Jóvenes ex tutelados
- Mujeres víctimas de violencia de género
- Personas en riesgo de exclusión, principalmente con hijos a cargo
- Personas con diversidad funcional
- Personas desempleadas con todas las prestaciones posibles agotadas
- Unidades de convivencia afectadas por situaciones catastróficas
Que no pertenezcas a uno de estos grupos no significa que no puedas presentar tu solicitud. Siempre y cuando cumplas las condiciones planteadas anteriormente, podrás presentar la documentación y tendrás derecho a beneficiarte de esta ayuda.
Ayuda para jóvenes
En este caso, las ayudas se dirigen a personas menores de 35 años con un contrato de arrendamiento vigente o casas en las que todos los componentes tengan menos de esta edad. Es muy importante que no se beneficie ninguno de los componentes del contrato de otras ayudas para sufragar el arrendamiento.
Al igual que con las ayudas generales, las solicitudes se podrán presentar hasta el día 8 de marzo, inclusive.
En Palanca Fontestad te animamos, a que si cumples estas condiciones, te animes a presentar tu documentación. Podrás encontrar más información en la web de la Generalitat. ¡Esperamos que esta información te haya sido de ayuda!